Seguro EAR
Seguro EAR
cubre daños a las obras de montaje en cuanto a hechos accidentales e imprevisibles
¿En Qué Consiste?
¿Qué Incluye?
El Seguro EAR, también conocido como Seguro Todo Riesgo Montaje. Cubre los daños que ocurran a las obras de montaje como consecuencia de hechos accidentales e imprevisibles, este seguro se extiende a cubrir trabajos permanentes y temporales, incluidos repuestos, maquinarias y equipos a montar, mano de obra y otros que formen parte del contrato.
¿Cómo funciona El Seguro EAR?
El seguro EAR, Protege contra los diversos riesgos que pudieran poner en peligro, una o más maquinas, durante su instalación (el montaje) de maquinaria, estructuras de acero, e incluso el montaje de maquinaria de una industria completa, desde el armado de partes de una máquina, hasta el anclaje de la misma e incluso la puesta en funcionamiento cuando la maquinaria es nueva.
El seguro cubre lo siguiente:
- Daños por errores durante montaje
- Impericia, descuido y actos malintencionados de obreros y empleados u/o terceros
- Rotura de cables o cadenas, hundimiento o deslizamiento del equipo de montaje
- Robo con violencia o destrucción a la propiedad
- Incendio, rayo, explosión
- Hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas
- Corto circuito, arcos voltaicos, así como la acción directa de la electricidad atmosférica
- Caída de aeronaves o parte de ellos
El seguro NO cubre lo siguiente:
- Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante, vehículos automotores autorizados para transitar en vías públicas, aeronaves, así como a bienes de propiedad de obreros o empleados del ASEGURADO.
- Dolo o negligencia grave del ASEGURADO o de sus representantes o responsables de la dirección técnica de la construcción.
- Daños sufridos durante el transporte de los bienes al sitio de la construcción, aún cuando tales daños sean advertidos posteriormente.
- Daños o defectos de los bienes asegurados, existentes al iniciarse los trabajos de construcción.
- Faltantes que se descubran al efectuar inventario físico o revisión de control, así como cualquier delito contra el patrimonio; salvo el robo o tentativa de robo mediante la violencia o amenaza de violencia sobre las personas
- Dinero, valores, planos o documentos.
- Desgaste, deterioro, corrosiones, herrumbres o incrustaciones, raspaduras de superficies, a menos que sean consecuencia de daños sufridos por los bienes asegurados cubiertos por la Póliza
- Penalidades o sanciones impuestas al ASEGURADO por incumplimiento de los contratos de construcción de los bienes asegurados, así como por deficiencias o defectos de estética.
- Los gastos de una reparación provisional como tampoco los daños ocasionados por ésta a los bienes asegurados o a otros bienes que sean o no objeto de la reparación provisional efectuada.
- Pérdida o daño debido a cálculo o diseño erróneo.
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